Guía de compra · Costs

Costes de finalización de obra nueva: Presupuestar el 12 al 14 por ciento adicional

Por eVoost Legal & Tax Desk Última revisión 2026-11-02
En resumen

Comprar una propiedad de obra nueva en la Costa del Sol implica costes adicionales significativos más allá del precio de compra, que oscilan normalmente entre el 12% y el 14%. Estos incluyen IVA, Impuesto de Actos Jurídicos Documentados, honorarios de notaría, tasas del registro de la propiedad y costes legales. Los compradores extranjeros deben tenerlos en cuenta en su presupuesto para asegurar una compra fluida y financieramente preparada.

Comprendiendo los costes de finalización de obra nueva en la Costa del Sol

Comprar una propiedad de obra nueva (obra nueva) en la Costa del Sol es una perspectiva emocionante para los compradores extranjeros, ofreciendo comodidades modernas y, a menudo, ubicaciones impresionantes. Sin embargo, el precio anunciado de una propiedad es solo una parte de la inversión total. Para evitar sorpresas desagradables, es crucial presupuestar un 12% a 14% adicional sobre el precio de compra para cubrir varios impuestos y tasas asociados a la finalización de la venta [15, 48]. Esta guía completa desglosa estos costes esenciales para compradores extranjeros.

Impuestos y tasas clave para propiedades de obra nueva

1. Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA)

Para propiedades de obra nueva en España, el IVA (Impuesto sobre el Valor Añadido) es el impuesto principal que pagará, reemplazando al Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP), que se aplica a propiedades de segunda mano [8, 16, 27, 31]. El tipo general de IVA para propiedades residenciales nuevas es del 10% del precio de compra [8, 12, 16, 30, 31, 45, 48]. Esto se aplica a propiedades compradas directamente a un promotor o desarrollador [8, 31]. Por ejemplo, en una propiedad de 300.000 €, solo el IVA sería de 30.000 € [12, 16]. Este impuesto se paga típicamente en el momento de la firma de la escritura pública (escritura pública) [8, 12].

2. Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD)

Además del IVA, las compras de propiedades de obra nueva están sujetas al Impuesto de Actos Jurídicos Documentados, conocido como AJD. Este impuesto se aplica a las escrituras públicas que son inscribibles en el Registro de la Propiedad 45. El tipo de AJD varía según la comunidad autónoma. En Andalucía, donde se encuentra la Costa del Sol, el tipo general de AJD para propiedades de obra nueva es actualmente del 1,2% del precio de compra [22, 45]. Esto significa 3.600 € adicionales en una propiedad de 300.000 € 22. El AJD también se paga en el momento de la firma de la escritura pública 45.

3. Gastos de Notaría

Los gastos de notaría cubren el coste de la escritura pública de compraventa, que formaliza la transmisión de la propiedad y es legalmente obligatoria en España 8. Estas tarifas están reguladas por ley y dependen del precio de compra de la propiedad y de la complejidad o extensión de la escritura 15. Típicamente, los gastos de notaría oscilan entre aproximadamente 600 € y 1.000 €, aunque pueden ser más altos para propiedades más caras 15.

4. Gastos de Registro de la Propiedad

Una vez firmada la escritura pública por el notario, debe inscribirse en el Registro de la Propiedad español (Registro de la Propiedad) para registrar legalmente su propiedad 8. Al igual que los gastos de notaría, estos están regulados por ley (Real Decreto 1427/1989) y se calculan en función del valor de la propiedad [33, 42]. Los gastos de registro de la propiedad suelen oscilar entre 300 € y 600 € 15.

5. Honorarios de Abogado

Aunque no es legalmente obligatorio, contratar a un abogado independiente especializado en derecho inmobiliario español es muy recomendable para compradores extranjeros. Un abogado realizará la diligencia debida, asegurará que la propiedad esté libre de deudas y cargas, revisará contratos y gestionará todo el proceso de compra en su nombre. Los honorarios legales suelen oscilar entre el 0,8% y el 1,5% (+ IVA) del precio de compra, pero esto puede variar según los servicios incluidos y la complejidad de la transacción.

6. Costes relacionados con la hipoteca

Si está financiando la compra de su propiedad de obra nueva con una hipoteca española, habrá costes adicionales, aunque cambios recientes en la legislación española han trasladado algunos de estos gastos del prestatario al banco. El coste principal para el comprador es la tarifa de tasación de la propiedad (tasación), que suele oscilar entre 300 € y 600 € 48. Los bancos españoles generalmente ofrecen a los no residentes una relación préstamo-valor (LTV) del 60% al 70% del precio de compra o tasación, el que sea menor [18, 26, 37, 43].

7. Tasas de conexión de servicios

Al comprar una propiedad a estrenar, deberá tramitar la conexión de servicios como electricidad, agua y gas. Estas tarifas de conexión varían según el proveedor y la ubicación, pero son una parte esencial para hacer habitable su nuevo hogar. Es aconsejable presupuestar unos pocos cientos de euros para estas conexiones iniciales.

Costes anuales recurrentes

Más allá de los costes de finalización, los propietarios extranjeros en España también incurren en gastos anuales:

Consideraciones importantes para compradores extranjeros

Número NIE

Para realizar cualquier transacción financiera en España, incluyendo la compra de propiedades, la apertura de una cuenta bancaria y el pago de impuestos, necesitará un Número de Identificación de Extranjero (NIE – Número de Identificación de Extranjero). Este es un primer paso vital en el proceso de compra.

Cuenta Bancaria

Abrir una cuenta bancaria española es esencial para gestionar los pagos de la compra de su propiedad y las facturas de servicios y impuestos recurrentes. Muchos bancos españoles ofrecen cuentas específicas para no residentes.

Poder Notarial

Si no puede estar presente en España para todas las etapas del proceso de compra, se puede otorgar un Poder Notarial (POA) a su abogado, permitiéndole actuar en su nombre para firmar documentos, abrir cuentas bancarias y cumplir con las obligaciones fiscales.

Retención del 3% en futuras ventas (Modelo 211)

Es importante que los compradores extranjeros sean conscientes de que si posteriormente venden su propiedad en España como no residentes, el comprador estará legalmente obligado a retener el 3% del precio de venta [4, 10, 11, 13, 25]. Esta cantidad se paga a las autoridades fiscales españolas (Hacienda) a través del Modelo 211 como un pago anticipado de su posible responsabilidad por el impuesto sobre las ganancias de capital [4, 11]. Como vendedor, usted presenta su propia declaración Modelo 210 para calcular el impuesto real sobre las ganancias de capital adeudado [4, 11]. Si el 3% retenido es más que el impuesto adeudado, puede reclamar un reembolso [11, 13].

Golden Visa (Residencia por Inversión)

Históricamente, una inversión en bienes inmuebles españoles de 500.000 € o más podía calificar a los ciudadanos no comunitarios para una Golden Visa, otorgando la residencia en España [5, 7, 19, 21]. Sin embargo, es crucial tener en cuenta que la vía de inversión inmobiliaria para la Golden Visa se ha discontinuado para nuevas solicitudes a partir de abril de 2024 14. Otras opciones de inversión y residencia siguen estando disponibles.

Conclusión

Presupuestar correctamente la compra de una propiedad de obra nueva en la Costa del Sol significa considerar el precio de compra más un 12% a 14% adicional para impuestos y tasas asociadas. Al comprender estos costes desde el principio, los compradores extranjeros pueden abordar su inversión inmobiliaria en España con confianza y un plan financiero claro.

Calculadora de gastos e impuestos de compra

€
Desglose de gastos
ConceptoImporte
IVA (10%)35.000 €
AJD (actos jurídicos documentados)4.200 €
Notaría *850 €
Registro de la propiedad *545 €
Gestoría *400 €
* estimado — varía según la propiedad y el proveedor
Total de gastos añadidos 40.995 €
Desembolso total (precio + gastos) 390.995 €

11,7% sobre el precio

Tasas aplicadas (Andalucía): obra nueva IVA 10% + AJD 1,2%; segunda mano ITP 7,0%.

Conversión indicativa desde euros. Tasas a 2026-08-01 (actualizadas en vivo cuando es posible).

Solo una estimación, no asesoramiento fiscal. El IVA y el AJD de obra nueva son tipos estatales/autonómicos; el ITP de segunda mano puede ser por tramos según el valor en algunas comunidades. Confirma las cifras aplicables con un abogado o asesor fiscal antes de comprar.

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Preguntas frecuentes

¿Cuál es el principal impuesto sobre propiedades de obra nueva en España?

El principal impuesto sobre propiedades de obra nueva en España es el IVA (Impuesto sobre el Valor Añadido), que actualmente es del 10% del precio de compra. Este impuesto se aplica a las propiedades compradas directamente a un promotor o constructor.

¿Cuánto es el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD) en Andalucía para una propiedad de obra nueva?

En Andalucía, el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD) para propiedades de obra nueva es generalmente el 1,2% del precio de compra.

¿Qué porcentaje debo presupuestar para gastos adicionales al comprar una propiedad de obra nueva?

Debe presupuestar un 12% a un 14% adicional del precio de compra para cubrir todos los gastos de finalización, incluyendo impuestos (IVA, AJD), honorarios de notaría, tasas de registro de la propiedad y honorarios legales.

¿Necesito un número NIE para comprar una propiedad en España?

Sí, el NIE (Número de Identificación de Extranjero) es esencial para cualquier transacción financiera en España, incluyendo la compra de propiedades, la apertura de cuentas bancarias y el pago de impuestos.

¿Sigue disponible la opción de inversión inmobiliaria de la Golden Visa para nuevas solicitudes?

No, la vía de inversión inmobiliaria para la Golden Visa en España se ha suspendido para nuevas solicitudes a partir de abril de 2024, aunque otras opciones de inversión y residencia aún pueden estar disponibles.

¿Qué es la retención del 3% (Modelo 211) al vender una propiedad como no residente?

Cuando un no residente vende una propiedad en España, el comprador está legalmente obligado a retener el 3% del precio de venta y pagarlo a las autoridades fiscales españolas (Hacienda) como un pago a cuenta de la posible obligación fiscal por ganancias patrimoniales del vendedor. El vendedor luego presenta el Modelo 210 para declarar la ganancia patrimonial real y puede solicitar un reembolso si el 3% excede el impuesto adeudado.

Los datos detrás de esta guía

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