Guía de compra · Ibi property tax

IBI: El Impuesto Anual sobre la Propiedad en España

Por eVoost (Editorial) Última revisión 2026-07-28
En resumen

El Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) es un impuesto anual obligatorio sobre la propiedad en España, recaudado por el ayuntamiento local a quien sea propietario del inmueble el 1 de enero de cada año. Se calcula sobre el valor catastral, una cifra administrativa fijada por la Dirección General del Catastro que suele estar muy por debajo del precio de mercado. La legislación nacional fija las horquillas de tipos impositivos que los municipios deben respetar: 0,4%-1,1% para propiedades urbanas y 0,3%-0,9% para propiedades rústicas. Los propietarios extranjeros no residentes de una vivienda de nueva construcción en la Costa del Sol pagan el mismo IBI que los residentes; en la mayor parte de la provincia de Málaga es facturado y cobrado por el Patronato de Recaudación Provincial de Málaga.

Importante, por favor lea. Esta guía es información general, no asesoramiento legal o fiscal, y no crea una relación asesor-cliente. Las tarifas, tramos y calendarios de pago son los vigentes en la fecha de revisión (28 de julio de 2026) y cambian por municipio y por año; nada de lo aquí expuesto está adaptado a su situación. Antes de actuar, confirme su propio caso con un asesor fiscal (asesor fiscal) o abogado colegiado utilizando las fuentes oficiales citadas a continuación.

Para un comprador extranjero, el IBI es el principal coste recurrente de simplemente poseer una vivienda española: se cobra por la propiedad, no por el uso o los ingresos por alquiler, por lo que un apartamento de vacaciones vacío se grava igual que uno habitado. El importe en euros depende del valor catastral de la vivienda y del tipo que su municipio haya fijado dentro de la banda legal, por lo que dos viviendas idénticas en municipios vecinos pueden tener facturas diferentes 1.

¿Qué es el IBI?

El Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) es un impuesto municipal directo y un pilar de la financiación de los gobiernos locales en España. Se grava sobre la propiedad de cualquier bien inmueble, apartamentos, chalets, plazas de aparcamiento, trasteros, locales comerciales y terrenos, y es gestionado y recaudado por el ayuntamiento donde se encuentre la propiedad 1. Todo propietario, sea o no residente, lo paga anualmente, y el impuesto se vincula al propio derecho de propiedad, no a si la vivienda está ocupada, alquilada o vacía 1.

El marco legal y los tipos impositivos

El IBI se rige a nivel nacional por el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004 1. Esa ley establece el marco, pero otorga a cada municipio autonomía para fijar su propio tipo (tipo de gravamen) dentro de las bandas legales:

La misma ley permite a los municipios elevar el techo en circunstancias definidas (por ejemplo, capitales de provincia o ciudades con ciertos servicios de transporte público) y aplicar tipos diferenciados más altos a las propiedades no residenciales de mayor valor 1. Para una vivienda de nueva construcción típica, se aplica la banda urbana estándar.

Cómo se calcula el IBI: el valor catastral

El IBI no se cobra sobre el precio de compra o el valor de mercado de su vivienda. La base imponible es el valor catastral (valor catastral), un valor administrativo que la Dirección General del Catastro asigna a cada propiedad en España a partir de criterios objetivos en la ponencia de valores de cada municipio, la ubicación, el valor del suelo y la construcción, el tamaño, la antigüedad, la calidad y el uso 2.

Por ley, el valor catastral no puede superar el valor de mercado y, en la práctica, suele ser muy inferior 1. Aparece en el recibo anual del IBI (recibo) y se puede consultar utilizando la referencia catastral de la propiedad en el portal del Catastro 23.

¿Quién paga el IBI y cuándo?

La obligación recae en quien ostente el derecho de propiedad (o cualquier otro derecho cualificado como el usufructo) el 1 de enero del ejercicio fiscal, la fecha de devengo (devengo) 1. Esto importa en la compra: alguien que compra, por ejemplo, en marzo no era el propietario el 1 de enero, por lo que el vendedor es legalmente el contribuyente de todo ese año. Comprador y vendedor suelen acordar prorratear el IBI de ese año, pero eso es un acuerdo privado, el ayuntamiento siempre factura al propietario del 1 de enero 1. La fecha de devengo es nacional, pero cada municipio establece su propio calendario de facturación y pago voluntario 1.

IBI en la Costa del Sol (provincia de Málaga)

Para la mayoría de los municipios de la provincia de Málaga, incluida gran parte de la Costa del Sol, el IBI es facturado y recaudado por el Patronato de Recaudación Provincial de Málaga 4. Algunos municipios más grandes gestionan su propia oficina de impuestos; la ciudad de Málaga recauda a través de Gestrisam 7. El período de pago voluntario del Patronato abarca generalmente el verano (aproximadamente de julio a mediados de septiembre), con fechas exactas fijadas cada año, por lo que hay que consultar el calendario fiscal de ese año 5. Si se pierde el plazo voluntario, la deuda pasa a la vía ejecutiva, lo que activa recargos y, en el último tramo, intereses 8.


Calculadora de gastos e impuestos de compra

Desglose de gastos
ConceptoImporte
IVA (10%)35.000 €
AJD (actos jurídicos documentados)4.200 €
Notaría *850 €
Registro de la propiedad *545 €
Gestoría *400 €
* estimado — varía según la propiedad y el proveedor
Total de gastos añadidos 40.995 €
Desembolso total (precio + gastos) 390.995 €

11,7% sobre el precio

Tasas aplicadas (Andalucía): obra nueva IVA 10% + AJD 1,2%; segunda mano ITP 7,0%.

Conversión indicativa desde euros. Tasas a 2026-08-01 (actualizadas en vivo cuando es posible).

Solo una estimación, no asesoramiento fiscal. El IVA y el AJD de obra nueva son tipos estatales/autonómicos; el ITP de segunda mano puede ser por tramos según el valor en algunas comunidades. Confirma las cifras aplicables con un abogado o asesor fiscal antes de comprar.

Cómo consultar y pagar su IBI

  1. Encuentre su referencia catastral (referencia catastral). Este código de 20 caracteres es el identificador oficial de la propiedad; aparece en la escritura y se puede consultar por dirección en el portal del Catastro 23.
  2. Obtenga el aviso de pago (recibo / carta de pago). La agencia recaudadora emite la factura anual. Si no llega por correo, se puede descargar desde la oficina online de la agencia; no recibir la factura en papel no exime de la obligación de pagar 4.
  3. Elija un método de pago.
  1. Guarde el recibo. El recibo pagado también documenta el valor catastral, útil para otras gestiones y en caso de reventa 2.

Preguntas frecuentes

¿Quién paga el IBI el año que compro mi vivienda de obra nueva?

El contribuyente legal es quien era propietario del inmueble a 1 de enero de ese año, para una obra nueva, normalmente el promotor durante el primer año . Los contratos de compraventa suelen incluir una cláusula que reembolsa al promotor por su período de propiedad, pero la reclamación legal del ayuntamiento es siempre contra el propietario a 1 de enero .

¿Tengo que pagar IBI si soy no residente y no vivo en España?

Sí. El IBI es un impuesto sobre la propiedad inmobiliaria, independiente de la residencia del propietario o del tiempo que pase en España; todo propietario (ciudadano español, residente extranjero o no residente) está obligado a pagarlo .

¿Cómo averiguo el valor catastral de mi propiedad?

Está impreso en el recibo anual del IBI, o puede consultarse en el portal de la Dirección General del Catastro; el acceso al valor protegido normalmente requiere acreditar la propiedad con un certificado digital español, o visitar un punto de información del Catastro (a menudo en ayuntamientos) .

¿Qué ocurre si no pago mi IBI a tiempo?

Una vez finalizado el período voluntario de pago, la deuda impagada pasa a la vía ejecutiva. Según la Ley General Tributaria de España (Ley 58/2003, art. 28), se añade un recargo de apremio en tres tramos: 5% (recargo ejecutivo) si la deuda se paga íntegramente antes de la providencia de apremio, 10% (recargo de apremio reducido) si se paga dentro del plazo establecido en dicha providencia, ninguno de estos dos conlleva intereses de demora, y 20% (recargo de apremio ordinario) a partir de entonces, este último más intereses de demora . La autoridad puede finalmente embargar fondos o gravar la propiedad para recuperar la deuda .

¿Es el IBI el único impuesto recurrente que pago como propietario extranjero?

No. El IBI es el impuesto municipal anual sobre la propiedad, pero un propietario no residente también presenta la declaración anual del Impuesto sobre la Renta de No Residentes (IRNR) por rentas imputadas o de alquiler a la agencia tributaria estatal, y puede haber una tasa municipal de recogida de basuras o similar en la misma factura. El IBI es el impuesto principal sobre la propiedad y el que cubre esta guía. --- > Recordatorio. Esta guía es información general actualizada a 28 de julio de 2026 y no es asesoramiento legal o fiscal personalizado. Las tarifas del IBI, las agencias de cobro y los calendarios de pago se establecen localmente y cambian año a año. Confirme siempre las cifras y los plazos para su propiedad y municipio específicos con las fuentes oficiales que se indican a continuación, o con un asesor fiscal o abogado colegiado, antes de confiar en ellas. Fuentes: BOE, Real Decreto Legislativo 2/2004, Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (IBI: hecho imponible, sujeto pasivo, devengo a 1 de enero, base catastral, tipos impositivos), https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2004-4214 Dirección General del Catastro, Referencia catastral y valor catastral (portal oficial), https://www.catastro.hacienda.gob.es/esp/referencia_catastral.asp Sede Electrónica del Catastro, Consulta de inmuebles y valor catastral, https://www.sedecatastro.gob.es/ Patronato de Recaudación Provincial de Málaga, Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) facturación y cobro, https://portal.prpmalaga.es/8138/impuesto-bienes-inmuebles-ibi Patronato de Recaudación Provincial de Málaga, Calendario fiscal / periodo voluntario de pago del IBI, https://portal.prpmalaga.es/calendario-fiscal/ Patronato de Recaudación Provincial de Málaga, Domiciliación bancaria (establecimiento de domiciliación), https://portal.prpmalaga.es/domiciliacion-bancaria/ Gestrisam, Organismo Autónomo de Gestión Tributaria, Ayuntamiento de Málaga (cobro para la ciudad de Málaga), https://gestrisam.malaga.eu/ BOE, Ley 58/2003, General Tributaria, art. 28 (recargos del período ejecutivo: 5% / 10% / 20%), https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2003-23186

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