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Testamentos españoles para Propietarios extranjeros

Por eVoost Legal & Tax Desk Última revisión 2026-08-05
En resumen

Si posee una propiedad en la Costa del Sol debería hacer un testamento español que cubra sus bienes españoles, firmado ante notario y registrado en el Registro Central de Últimas Voluntades. Según el Reglamento (UE) 650/2012, puede elegir la ley de su nacionalidad para regir su sucesión, manteniendo la libertad testamentaria de su país de origen en lugar de las legítimas españolas. El testamento decide quién hereda; el impuesto de sucesiones es un asunto aparte, y en Andalucía los parientes cercanos disfrutan de una bonificación del 99%.

Comprar una vivienda en la Costa del Sol suele recibir la atención que merece, pero la pregunta de qué sucede con esa vivienda cuando uno fallece es fácil de posponer. Para los propietarios extranjeros, esto es un error. Un testamento español es la forma más eficaz de evitar a su familia un proceso sucesorio transfronterizo lento, costoso y estresante, y es el lugar natural para registrar la única elección legal que puede marcar la mayor diferencia: si su patrimonio se rige por la ley española o por la ley de su propio país. Esta guía explica por qué un testamento español es importante para los propietarios extranjeros, cómo el Reglamento de la UE 650/2012 le permite elegir su ley nacional y cómo todo el panorama se conecta con el impuesto de sucesiones español. Las normas son nacionales y de ámbito europeo, por lo que se aplican de la misma manera en Marbella, Estepona, Fuengirola, Mijas o en cualquier lugar de la costa.

Por qué los propietarios extranjeros necesitan un testamento español

Nada en la ley española obliga a un propietario extranjero a hacer un testamento español. Un testamento válido hecho en su país de origen puede, en principio, utilizarse para transmitir su propiedad española. El problema es práctico. Para utilizar un testamento extranjero en España, el documento normalmente debe ser traducido oficialmente, legalizado con una apostilla y tramitado a través de los tribunales o el sistema notarial español, lo que añade meses de retraso y un coste significativo mientras sus herederos no pueden disponer de la propiedad.

Un testamento español evita casi toda esa fricción. Está redactado en español (normalmente como documento bilingüe para que pueda leerlo), se ocupa únicamente de sus bienes españoles y, una vez que usted ha fallecido, sus herederos pueden pasar directamente a la escritura notarial de aceptación de herencia. Las dos recomendaciones más comunes de los abogados españoles son, por tanto, hacer un testamento español separado limitado a sus bienes en España, y asegurarse de que está redactado cuidadosamente para que no revoque accidentalmente su testamento de su país de origen (y viceversa). Mantener un testamento por país, cada uno expresamente limitado a los bienes de ese país, es el patrón seguro.

El instrumento estándar es el testamento abierto, firmado ante un notario español. El notario conserva el original, le entrega una copia autorizada y comunica el testamento al Registro General de Actos de Última Voluntad, el registro central de últimas voluntades en Madrid.4 Tras un fallecimiento, se consulta ese registro para confirmar cuál es el último testamento válido, por lo que el registro es tan importante: un testamento no registrado puede simplemente pasarse por alto.

Reglamento de la UE 650/2012: elección de la ley que rige su herencia

El punto legal más importante para cualquier propietario extranjero es qué ley de sucesiones decide quién hereda. Esto se rige por el Reglamento de la UE 650/2012, a menudo llamado Bruselas IV, que se aplica a la sucesión de toda persona que fallezca a partir del 17 de agosto de 2015.1

La norma por defecto es que su sucesión se rige por la ley del país donde residía habitualmente en el momento del fallecimiento.1 Para un propietario británico, irlandés u otro extranjero que vive en España, esa norma por defecto sería la ley de sucesiones española. Esto es importante, porque la ley española impone la legítima: una porción fija de la herencia, aproximadamente dos tercios, debe pasar a sus hijos, independientemente de lo que usted prefiera. Muchos propietarios extranjeros no desean ese resultado.

El Reglamento le ofrece una salida. En virtud del mismo, usted puede elegir que la ley de su nacionalidad se aplique a toda su sucesión en lugar de la ley de su residencia.15 Registrar esa elección (conocida como professio iuris) en su testamento español permite a un nacional de Inglaterra y Gales, Irlanda, Estados Unidos o cualquier otro lugar mantener la libertad testamentaria de su propio sistema legal y dejar su patrimonio como desee, en lugar de estar obligado por la legítima española.

¿Qué pasa con los propietarios británicos, irlandeses y daneses?

Dinamarca e Irlanda no se adhirieron al Reglamento, y el Reino Unido tampoco participó nunca.1 Esto no excluye a sus nacionales de la elección de ley. Debido a que el Reglamento tiene lo que los abogados llaman aplicación universal, las autoridades españolas lo aplican a cualquier herencia que gestionen, y darán efecto a una elección válida de la ley nacional de un país no participante. En la práctica, un nacional británico que posee una propiedad en la Costa del Sol aún puede elegir la ley inglesa (o escocesa, o norirlandesa) en su testamento español. Esta es un área técnica, así que consulte a un abogado que se ocupe de herencias transfronterizas antes de confiar en esto.

El Certificado Sucesorio Europeo

El Reglamento también creó el Certificado Sucesorio Europeo, un documento único que permite a herederos, legatarios y ejecutores probar su condición y ejercer sus derechos en otro Estado miembro sin más formalidades.1 Es una herramienta útil cuando una herencia abarca varios países de la UE, aunque para una persona cuyo único bien español es una propiedad, a menudo es más sencillo gestionar la herencia española a través de la vía notarial local.

El testamento decide quién hereda, no cuánto impuesto se paga

Un punto que causa confusión constante: elegir su ley nacional según el Reglamento 650/2012 cambia quién hereda su patrimonio, pero no cambia el impuesto. El impuesto español sobre sucesiones y donaciones (Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, ISD) se cobra siempre que los bienes situados en España se transmiten por fallecimiento, cualquiera que sea la ley de sucesiones aplicable y cualquiera que sea la nacionalidad del fallecido. Así que usted puede elegir la ley inglesa para mantener su libertad de disposición y aun así encontrar que sus herederos se enfrentan a una evaluación del ISD español sobre la propiedad de la Costa del Sol. Las dos cuestiones deben planificarse conjuntamente.

El ISD es pagado por cada beneficiario, no por la herencia, y debe presentarse en el plazo de seis meses desde la fecha del fallecimiento (Modelo 650 para herencias), con una posible prórroga si se solicita a tiempo.3 Los no residentes están dentro del ámbito del impuesto sobre sus bienes españoles, y gracias a la jurisprudencia del Tribunal de Justicia Europeo y a la posterior legislación española, los no residentes ahora pueden aplicar las normas de la comunidad autónoma correspondiente en lugar de solo las normas estatales más estrictas.23 Para una propiedad en la Costa del Sol, esa comunidad es Andalucía.

Cómo trata Andalucía el impuesto de sucesiones

Andalucía es una de las regiones más generosas de España para las herencias familiares. Los beneficiarios de los Grupos I y II (en general, hijos, nietos, cónyuges y padres) reciben una bonificación del 99% sobre el impuesto de sucesiones adeudado, aplicada después de una reducción de hasta 1.000.000 de euros por beneficiario para esos grupos.3 El efecto es que un cónyuge o un hijo que hereda una vivienda típica de la Costa del Sol suele pagar poco o ningún impuesto de sucesiones español.

La escala impositiva estatal, que todavía establece el marco, oscila progresivamente desde el 7.65% hasta el 34%, alcanzándose el tipo máximo en bases imponibles superiores a aproximadamente 797.555 euros, antes de que se apliquen las reducciones y bonificaciones regionales.2 La relación entre el fallecido y el beneficiario es lo que determina el importe: los parientes lejanos y los herederos sin parentesco (Grupos III y IV) no obtienen la bonificación del 99% y pueden enfrentarse a tipos efectivos sustancialmente más altos, lo que es una razón más para planificar con cuidado quién hereda.

Grupo A quién cubre Tratamiento andaluz
Grupo I Hijos (naturales o adoptados) menores de 21 años Reducción de hasta 1.000.000 de euros, luego bonificación del 99%3
Grupo II Hijos mayores de 21 años, cónyuge, padres y otros ascendientes/descendientes directos Reducción de hasta 1.000.000 de euros, luego bonificación del 99%3
Grupo III Hermanos, tíos, sobrinos, parientes por afinidad Sin bonificación del 99%; se aplica ampliamente el impuesto a escala estatal23
Grupo IV Primos, herederos sin parentesco, parejas de hecho no inscritas Sin bonificación del 99%; coste efectivo más alto23

Debido a que las bonificaciones son tan favorables para la familia cercana y tan limitadas para todos los demás, la identidad de sus herederos tiene una consecuencia financiera directa. Dejar una propiedad a un cónyuge o hijo es muy diferente, en términos fiscales, de dejarla a una pareja con la que no se ha casado o a un amigo.

En resumen: una lista de verificación para propietarios

Para una visión financiera más amplia, nuestras guías relacionadas sobre el impuesto sobre el patrimonio en Andalucía, el impuesto sobre la renta de no residentes y el Modelo 210, los costes de compra y los impuestos sobre viviendas de nueva construcción, y la venta como no residente cubren los impuestos con los que tendrá que lidiar mientras posee y cuando finalmente venda.

Errores comunes

Los errores recurrentes son evitables. Confiar únicamente en un testamento de su país de origen deja a sus herederos la tarea de gestionar la traducción, la legalización y un proceso sucesorio extranjero antes de que puedan tocar la propiedad española. No registrar el testamento español significa que puede que nunca se encuentre. Asumir que se aplica la ley española por defecto, y no hacer nada, puede entregar una parte fija de su patrimonio a los hijos bajo la legítima cuando usted pretendía lo contrario. Y confundir la ley de sucesiones con el impuesto de sucesiones lleva a los propietarios a creer que elegir la ley inglesa evita el impuesto de sucesiones español, lo cual no es cierto.

Si se gestiona correctamente, un testamento español es un documento breve y económico que elimina meses de dificultades para las personas que usted deja atrás y le permite mantener el control sobre quién hereda su vivienda en la Costa del Sol.

Esta guía es información general, no asesoramiento legal o fiscal personal. La ley de sucesiones, las normas sobre elección de ley y las bonificaciones del impuesto de sucesiones pueden cambiar, y su situación depende de su nacionalidad, su país de residencia y sus circunstancias familiares. Confirme las normas actuales con un abogado transfronterizo cualificado, un notario español o la Agencia Tributaria de Andalucía antes de actuar.

Preguntas frecuentes

¿Necesito realmente un testamento español si ya tengo uno en mi país de origen?

Es muy recomendable. Un testamento de su país de origen puede utilizarse para su propiedad española, pero debe ser traducido, legalizado con una apostilla y tramitado a través del sistema español, lo que añade meses y costes. Un testamento español separado, limitado a sus bienes españoles, firmado ante notario y registrado centralmente, permite a sus herederos pasar directamente a la escritura de aceptación de herencia. Solo asegúrese de que no revoque su testamento del país de origen.

¿Puedo elegir la ley de mi propio país en lugar de las normas de herencia españolas?

Sí. Según el Reglamento de la UE 650/2012 (Bruselas IV), en vigor para fallecimientos a partir del 17 de agosto de 2015, puede elegir la ley de su nacionalidad para regir toda su sucesión en lugar de la ley de su residencia habitual. Registrar esa elección en su testamento español le permite mantener la libertad testamentaria de su propio sistema legal en lugar de la legítima forzosa española (la legitima).

¿Elegir la ley inglesa u otra ley nacional reduce el impuesto de sucesiones español?

No. La elección de ley según el Reglamento 650/2012 decide quién hereda, pero no cambia el impuesto. El Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones español sigue aplicándose a los bienes situados en España, independientemente de la ley de sucesión que elija. La ley de sucesión y el impuesto de sucesión deben planificarse como dos cuestiones separadas.

Los propietarios británicos nunca estuvieron en el reglamento de la UE. ¿Pueden seguir eligiendo la ley del Reino Unido?

En la práctica, sí. El Reino Unido, Irlanda y Dinamarca no participaron en el Reglamento, pero este tiene aplicación universal, por lo que las autoridades españolas dan efecto a una elección válida de la ley nacional de un país no participante. Por lo tanto, un nacional británico suele poder elegir la ley inglesa, escocesa o de Irlanda del Norte en su testamento español. Esto es técnico, así que busque asesoramiento transfronterizo especializado.

¿Cuánto impuesto de sucesiones pagará mi familia por una propiedad en la Costa del Sol?

En Andalucía, los parientes cercanos de los Grupos I y II (hijos, nietos, cónyuge y padres) obtienen una reducción de hasta 1.000.000 euros cada uno y luego una bonificación del 99% sobre el impuesto adeudado, por lo que un cónyuge o hijo que hereda una vivienda típica suele pagar poco o nada. Los parientes lejanos y los herederos sin relación (Grupos III y IV) no obtienen la bonificación y se enfrentan a la escala estatal del 7.65% al 34%.

¿Cuánto tiempo tienen mis herederos para gestionar el impuesto de sucesiones?

El Impuesto de Sucesiones español debe presentarse en un plazo de seis meses desde la fecha de fallecimiento, mediante el Modelo 650, con una posible prórroga si se solicita a tiempo. El impuesto lo paga cada beneficiario sobre lo que recibe, no la herencia en su conjunto. Cada heredero también necesitará un NIE español para aceptar la herencia y ser evaluado.

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